El Estado como principal protector de la infancia

#loquenosecuentanoexiste
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Hemos visto en la anterior noticia de

“Leyes y normas” cómo en

1996 se introdujeron reformas importantes en el 

mundo de la infancia a través de la Ley orgánica de

Protección Jurídica del Menor de tal manera que se convierte en el marco regulador

que garantiza a los menores una protección del Estado. Es decir, el Estado se convierte

en su protector.

Se garantiza que se articulen políticas integrales para el desarrollo de la infancia y la adolescencia y se asegura que se impulsarán políticas compensatorias dirigidas a corregir las desigualdades sociales. Igualmente, se garantiza,  tanto a los menores como a aquellos que siendo menores tengan alguna discapacidad y a sus familias, los servicios sociales que su discapacidad precise.

Las administraciones públicas deberán tener en cuenta las necesidades de los menores a la hora de ejercer sus competencias y deberán controlar los productos alimenticios, consumo, vivienda, cultura, deporte, tiempo libre, juego así como las nuevas tecnologías consideradas una herramienta básica para que los niños y niñas puedan desarrollar su pensamiento crítico.

También se establece que los poderes públicos desarrollen acciones encaminadas a la sensibilización, prevención, detección, asistencia y protección de cualquier tipo de violencia sobre la infancia así como la obligación de que dispongan de programas y recursos destinados a apoyar y orientar a aquellos menores que, estando en régimen de acogimiento, alcancen la mayoría de edad.

Por último, los menores extranjeros también están protegidos mientras se encuentren

en territorio español y nuestras autoridades están obligados a lograr su

plena integración mediante la elaboración de políticas que lleven a ella.

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