"Las consecuencias del cyberbullying son devastadoras"
El Cyberbullying entre personas menores de edad no es algo nuevo. Con la llegada de Internet las formas de acoso se han ido incorporando poco a poco a esta Red.
Cada vez más pronto los menores de edad tienen acceso a Internet. Muchos de ellos disponen de su propio ordenador o dispositivo móvil, al que acceden a cualquier hora del día y sin ningún tipo de control o supervisión familiar.
Para hablar de las consecuencias del acoso en Internet entrevistamos a Victor Salgado,abogado especializado en derecho de las nuevas tecnologías y, desde hace ya 20 años, socio-director de Pintos & Salgado.
Según su experiencia, ¿ha aumentado en los últimos años el acoso por Internet? ¿A qué cree que se debe?
Desgraciadamente la Red en los últimos años ha evolucionado, sobre todo cuando hablamos de redes sociales.
Por un lado, la parte buena es que las personas se expresan y difunden libremente sus ideas y opiniones, pero la parte más negativa es que algunas veces esas ideas y opiniones se vierten contra otras personas, dañando derechos fundamentales como el derecho al honor, que desgraciadamente se ve últimamente bastante agraviado a través de redes. No sé atribuirlo a un único fenómeno, probablemente sería digno de un estudio sociológico o psicológico.
Antes, las personas se cortaban más en el ámbito de expresar sus opiniones, sobre todo cuando eso podía herir a otras personas. Ahora, no solo se cortan menos, sino incluso lo dejan constatado por escrito. De lo que a lo mejor no tienen la percepción es que esto queda, queda un rastro, queda constancia y puede marcar la vida de una persona durante muchos años.
¿Es posible llegar a eliminar por completo ese rastro digital del acoso?
Una máxima que debemos tener en cuenta en Internet es que una vez publicamos algo es muy complicado, por no decir imposible, retirar eso de Internet. Desgraciadamente, por mucho que intentemos borrarlo siempre permanecerá.
Sí que es cierto que en estos últimos años, sobre todo desde la famosa Sentencia de Derecho al Olvido frente a Google en el Tribunal de Justicia de la UE, aquel famoso 13 de mayo del año 2014, se dio un vuelco importante. A partir de ahí y, particularmente con el reciente Reglamente Europeo que entró en vigor el 25 de mayo del año pasado, realmente se puede ejercer ese derecho al olvido y dirigirnos a buscadores y redes sociales y solicitar que esto se elimine, pero en la práctica realmente no siempre se hace.
No siempre atienden nuestra petición y aunque la atendieran eso puede haberse replicado y publicado en otros sitios y el daño seguir realizándose. Puede que se haya mitigado, pero desgraciadamente nunca o muy raras veces se logra retirar totalmente.
¿A cuántas personas ha atendido durante el 2018 por acoso en la Red?
No te podría dar un número, pero estamos hablando de decenas de personas afectadas por este tema. Lo que más estamos notando en el despacho es que, desgraciadamente, va aumentando año tras año.
¿Cuánto tiempo pasa desde el momento en el que se inicia el acoso hasta que acuden a ustedes?
Aquí varía bastante. Estamos hablando de, en los casos más inmediatos, que son los más raros, en el cual muchas veces han pasado horas desde que ellos lo detectan hasta que se ponen en contacto con nosotros. Pero, generalmente estamos hablando de semanas, o incluso a veces meses, en algún caso incluso más. Hemos tenido casos en los que han estado uno o dos años soportando esta situación. Desgraciadamente las personas tienen bastante aguante ante determinadas situaciones.
¿En qué momento recomienda que acudan a un abogado si están sufriendo acoso por la Red?
Nosotros lo que recomendamos es que desde un primer momento se adopten medidas y se consulte con un profesional. No siempre se puede actuar inmediatamente, o no siempre incluso es recomendable.
Nosotros ahí siempre adoptamos una actitud muy cauta, intentamos no echar gasolina al fuego, en la medida de lo posible, e intentar que nuestra actuación siempre sea adecuada al caso y de menos a más. Si algo se puede solucionar meramente de manera amistosa, sin iniciar acciones legales, nosotros siempre vamos a intentar esa vía, salvo en casos graves, que efectivamente ahí hay que denunciar directamente y por vía penal.
Obviamente, cuando hay un delito, siempre recomendamos acudir a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, es la vía más inmediata y más segura de realmente cubrir y defender nuestros derechos desde un primer momento en casos especialmente graves.
¿La víctima conoce la identidad de su acosador?
Podemos hablar de que en un 80% de todos los casos las personas no saben identificar realmente quién está detrás de esto. Sí que es cierto que hay un porcentaje que tiene muy claro quién es la persona que está detrás.
Estas personas no siempre se identifican, no siempre ponen su nombre y apellidos. A veces, hace ocultación o incluso, en los casos más graves que hemos detectado, hacen suplantación de identidad, incluso de la propia víctima.
Muchas personas se cubren en el falso anonimato que tenemos en Internet, porque ya sabemos que todos antes o después vamos a ser identificados. Dejamos huellas, que muchas veces son huellas en la nieve, pero si somos rápidos, cuanto antes denunciemos antes podemos encontrar esos rastros y antes puede llegar a localizarse al autor de ese tipo de delitos.
¿Se agravan los delitos cuando se suplanta otra identidad o se cuelgan imágenes o vídeos privados?
Efectivamente. Aquí estamos hablando de vulneración del derecho al honor y, lógicamente de derecho a la intimidad, sobre todo cuando hablamos de imágenes del ámbito íntimo, aunque las imágenes hayan sido captadas con consentimiento.
Afortunadamente nuestro Código Penal ha sido reformado recientemente, en el año 2015, para incluir gran parte de estos tipos delictivos. Por ejemplo, el hecho de compartir imágenes íntimas o grabaciones íntimas que antes, si las mismas fueron obtenidas con consentimiento, no se podían perseguir ahora sí se pueden perseguir, aunque hayan sido captadas en origen con consentimiento.
¿Qué consecuencias legales tienen las personas que cometen acoso por Internet?
Hay de todo, desde meras multas hasta años de cárcel. Afortunadamente, cada vez hay mayor sensibilización por parte de la sociedad y también por parte de los órganos judiciales de la gravedad que suponen estos hechos. Últimamente sí que estamos viendo sentencias bastante ejemplarizantes. Sí que es cierto que no suelen superar los dos años de prisión, que es un poco el límite si no has cometido previamente delitos, de llegar a entrar en prisión.
En un carácter general, hay una suspensión de la condena. Por eso no solemos ver, salvo casos excepcionales y muy graves, condenas mayores de esos dos años de prisión pero, desde luego, eso ya es algo importante, ya que quedan antecedentes penales y además, en el momento que cometan otro delito, probablemente sí que puedan llegar a ingresar a prisión, ya no solo por el delito pasado sino por el nuevo.
En este tipo de delitos, lo más frecuente son las multas económicas y, por supuesto, la indemnización a la víctima. Pero insisto, en estos últimos tiempos sí que estamos detectando que las condenas van incrementándose.
Después de la reforma de 2015 se nota esa mayor concreción y esa mayor contundencia a la hora de penar. Por ejemplo, en el ámbito de derecho a la intimidad, el tipo básico, es decir, sin agravantes de publicidad etc., estamos hablando de entre 1 y 4 años de prisión.Podríamos tener, como digo, condenas que efectivamente, en un primer momento, aunque no hubieran antecedentes penales hicieran que esas personas ingresaran directamente en prisión.
Generalmente aquí los delincuentes de este tipo de delitos son personas que no han delinquido anteriormente, y eso influye a la hora de no cargar las tintas en las sentencias.
¿Las consecuencias legales son las mismas para los menores de edad?
Cambia totalmente. Aquí tenemos la Ley de Responsabilidad Penal del menor, que no aplica las penas. Por supuesto, no estamos hablando de cárcel ni multas, como estábamos comentando anteriormente. Aunque sí indemnizaciones, que lógicamente en este caso deberán pagar la familia de los menores de edad.
Los menores en si serán objetos de otras medidas disciplinarias, que incluso a veces consisten en la privación parcial de libertad. En los casos mas graves, ingresos en centros especiales de menores.
¿Se debería endurecer la ley?
Por supuesto. De echo, la reciente Ley Orgánica de Protección de Datos, que se aprobó el diciembre pasado, ya está en vigor e incluye una parte, que para mi es importantísima, que es el ámbito dentro de los nuevos derechos digitales, la educación digital.
Ahí obviamente se obliga a todos los centros educativos, sean del ámbito que sean, a que se incluyan en los planes de estudio información sobre los derechos fundamentales de las personas en el uso de medios electrónicos y también, la protección de datos. Además, incluyen las medidas legales que tendría evidentemente cualquier incumplimiento al respecto. Esta medida, sin duda, iba a concienciar a todos los menores y mayores de edad de las consecuencias de estos hechos.
La ley siempre se puede mejorar. A este respecto, yo creo que tenemos una legislación bastante avanzada y que cubre, vamos a decir así, el 90% de los asuntos más graves que se están produciendo en este momento.
¿Qué formas tienen de probar las víctimas de acoso que están siendo acosadas?
Depende del ámbito. Generalmente lo que tienen las personas son las típicas capturas de pantalla, que muchas veces no son ni si quiera de su propio móvil, sino de terceros que les han hecho llegar. Obviamente no digo que no valgan, porque son indicios, pero no es ni mucho menos suficiente.
Es necesaria una labor forense, que muchas veces hace la propia policía o guardia civil, entrando ya en analizar los propios dispositivos, tanto de las víctimas como de terceros, y también de los propios autores, en el caso de llegar a localizarlos.
Esto es lo que realmente vale para extraer y obtener, con una validez probatoria a nivel judicial, todos estos indicios, todas estas evidencias que finalmente pueden llegar, como digo, a identificar a una persona y a condenarla. El tiempo muchas veces es fundamental a este respecto, y el aseguramiento de pruebas, también.
¿Cuánto tiempo puede pasar desde el momento en el que hablan con ustedes por primera vez hasta que se resuelve el caso?
Todo depende del asunto, de la gravedad del mismo y de la vía elegida para solucionarlo. Podemos hablar de meses o incluso años de resolución completa del asunto.
¿Qué consecuencias tiene el cyberbullying para sus víctimas?
Tremendas, muchas veces devastadoras. Nosotros hemos visto casos, ya no solo donde se te ponen llorar en la consulta, sino que nos informan de las consecuencias que ha tenido para ellos. No solo que se tengan que cambiar de lugar de trabajo, de centro de estudios..., sino que muchas veces se han tenido que mudar de ciudad. Han tenido que cambiar totalmente su ámbito de relaciones personales porque la persona ha destruido completamente su ámbito anterior. En fin, estos son los casos desgraciadamente más graves, que afortunadamente no son lo más habituales.
Ha habido casos en los que las personas afectadas han pensado en el suicidio, y desgraciadamente tenemos noticias de casos en los que se han consumado este tipo de actos.
Nos gustaría destacar, como bien apunta Victor Salgado a lo largo de nuestra conversación, que no sólo es delito crear este tipo de contenido, sino que también supone un delito compartir este tipo de publicaciones en la Red.
"Estamos viendo casos incluso de una condena más severa precisamente a las personas que han compartido que propiamente las personas que en un primer momento lo filtraron"
Victor Salgado
Para concluir, nos hacernos eco de unas palabras de Victor Salgado, en las que se puede ver la importancia de educar a los jóvenes de forma correcta en el uso de las nuevas tecnologías, para lograr que estas conductas delictivas no se reproduzcan.
"Hoy en día las redes es una parte muy importante de nuestra vida y el hecho de que suframos uno de estos ataques mediatiza nuestra vida hasta limites enormes, especialmente en ámbitos especialmente vulnerables, como estamos ahora mismo en el caso de menores de edad, que no tienen desgraciadamente ni las herramientas ni la madurez suficiente para aguantarlos"
Victor Salgado
Ana Núñez / Comunicadora Audiovisual