Satisfacción en las familias numerosas por conseguir mantener el estatus de "especial"

La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) y, por tanto,  su rama gallega (AGAFAN están muy satisfechas por la sentencia del Tribunal Supremo que les da la razón y establece que las familias numerosas de carácter especial (las que están compuestas por 5 o más hijos) mantendràn el título  y la categoría hasta que el más pequeño deje de cumplir las características que marca la Ley. De esta forma, se asegura que todos los hijos disfruten de las mismas ventajas independientemente del lugar que ocupen en  la familia.

Esta es una vieja reclamación de la FEFN que entendía que era una discriminación que las familias numerosas de carácter especial perdieran este estatus cuando el mayor de los hijos dejara de pertenecer a ella. Esto suponía una enorme desigualdad entre hijos ya que el pequeño no podía disfrutar de los beneficios fijados por Ley, como el mayor de los hijos

Esta sentencia del Tribunal Supremo  se produce a raíz de varias denuncias de

diversas familias procedentes de varios lugares de España que denunciaron ante

los tribunales ordinarios una situación que consideraban terriblemente injusta.

El presidente de la Federación, Benito Zuazu, celebra que esta sentencia fije doctrina “para que no quepan ya interpretaciones erróneas de una ley –la reforma de 2015- que hasta ahora estaba discriminando a nuestros hijos pequeños, cuando curiosamente, la propia reforma se hizo para poner fin a las discriminaciones entre hermanos”.

El origen del problema

En el año 2015, (26 de julio de

2015) el Gobierno aprobó  el mantenimiento del título de

familia numerosa hasta que el último de los hijos cumpliera la edad establecida

por la ley. Esto supone que, aunque los hijos mayores dejaran  de

estar en el Título, el resto de la familia siga siendo numerosa y acceda, por

tanto, a los mismos beneficios y bonificaciones en tasas y precios públicos.

De esta manera, los hijos pequeños pueden

disfrutar de los mismos beneficios que los mayores y no se les discrimina por

el lugar que ocupen en su familia.

Sin  embargo, la reforma de la Ley tiene lagunas que deja lugar a la interpretación por parte de cada comunidad autónoma. Esto es, porque no aclara si se continúa con el régimen de cada familia numerosa. “Realmente la ley no dice nada al respecto pero la Administración ha entendido que hay una rebaja en la categoría y así lo está aplicando” indica Benito Zuazu (presidente de la FEFN) quien destaca lo incongruente de la propia reforma en cuyo preámbulo “se justifica la reforma alegando que hay que acabar con la discriminación entre hermanos y con el cambio de la categoría se incurre en una nueva discriminación”.

El título de Familia Numerosa se

concede a las familias que tienen más de tres hijos. Por

ella, los integrantes pueden acceder a beneficios y bonificaciones en diversas

tasas y precios como en la matrícula de la Universidad, transporte… Existe dos

tipos de categorías; la general que se aplica a las familias con tres y

cuatro hijos y la de carácter especial que se aplica a las que tienen más de

cinco (en algunos casos particulares ya a partir del cuarto hijo).