Arteixo iguala el tipo impositivo de Bienes Inmuebles

En 2025, el concello de Arteixo igualará el tipo impositivo que se aplica a los Bienes Inmuebles de Características Especiales.

photo_camera Concello de Arteixo.

Los BICE son un grupo especial de propiedades donde se integran las plantas de producción de energía, los embalses, las autopistas y los puertos.

El concello de Arteixo llevará al pleno del próximo jueves 18 de julio (que se adelanta una semana por los festivos de la siguiente semana de julio) una modificación de la ordenanza fiscal que regula el denominado impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICE), que, según lo previsto en la Ley 1/2004 por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria, constituyen un conjunto complejo de uso especializado incluido en los siguientes grupos:

  • Los destinados a la producción de electricidad y gas y al refino de petróleo, y las centrales nucleares.

  • Las presas, saltos de agua y embalses, incluido su lecho o cuenca, excepto los destinados exclusivamente al riego.

  • Las autopistas, carreteras y túneles de peaje.

  • Los aeropuertos y puertos comerciales.

El tipo impositivo de dichos BICES de acuerdo con lo indicado en el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004, permite a los concellos establecer un tipo diferenciado para cada uno de los activos existentes, que nunca podrá ser superior al 1,3% ni inferior al 0, 4%. Actualmente, en la ordenanza fiscal vigente sólo están definidos los grupos a), b) y c), siendo el tipo impositivo del 1,3%, excepto el grupo b), que se fija en el 0,6%.

Respecto al grupo d), hay que precisar que el puerto comercial exterior de Arteixo entra en funcionamiento en 2015, misma fecha en la que se aprobó el Informe de Valores Especiales, que al no estar definido ni cuantificado dicho grupo en la ordenanza fiscal, el tipo impositivo del impuesto quedó fijado en el 0,6%, según el citado artículo 72 del R.D. Legislativa 2/2004. Con el fin de hacer efectivo el principio constitucional de que es necesario contribuir al sostenimiento del gasto público de acuerdo con su capacidad económica a través de un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad, se realiza esta modificación, considerando los dos principios citados:

  • Igualdad tributaria.
  • Progresividad tributaria.

y lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las explotaciones locales, y también haciendo uso de sus competencias normativas y de responsabilidad fiscal, y considerando que en función de su naturaleza o su ubicación, no puede ni debe haber diferencias de tributación entre los BICES, se propone aumentar la tasa del impuesto en los grupos b)- Presas, saltos y embalses, incluido su lecho o cuenca, excepto los destinados exclusivamente a riego y d) - Aeropuertos y puertas comerciales - en 1,3%, reemplazando el actual 0,6%, con el fin de equilibrar la tasa impositiva en todos los BICES.

Actualmente, el concello de Arteixo recauda un total de 2.492.881 euros de los dieciocho inmuebles de características especiales inscritos y pasará a recaudar un total de 3.041.343 euros. Este incremento se aplicará en el año 2025.