Arteixo rechaza dos peticiones de reequilibrio económico al concesionario del complejo de piscinas

Arteixo rechaza dos peticiones de reequilibrio económico por parte de la concesionaria del complejo deportivo y de piscinas de Arteixo por más de un millón de euros.

 

Complejo deportivo y de piscinas de Arteixo.
photo_camera Complejo deportivo y de piscinas de Arteixo.

El concello de Arteixo ha rechazado la petición de la empresa Aquafit Gestión de ser compensada con 632.000 euros y 426.000 euros, respectivamente, por dos causas diferentes: la primera por el supuesto lucro cesante que ha tenido en la explotación de las pistas de pádel y de tenis, y la segunda por haber reducido sus ingresos durante el estado de alarma provocado por la pandemia del COVID.

El concello había aceptado en el 2021 otra reclamación diferente de Aquafit Gestión por el cierre de las instalaciones que el COVID había provocado y había compensado a la empresa con 140.000 euros (reclamó en ese momento 210.000 euros) pero considera que esta nueva reclamación, esta vez fundamentada en el estado de alarma que no provocó el cierre de las instalaciones, no procede. Los dos acuerdos para inadmitir las reclamaciones fueron aprobados en la comisión de asuntos de pleno que se celebró ayer en el ayuntamiento

Así el concello le ha comunicado a Aquafit Gestión sobre la reclamación de 632.000 euros que ha decidido inadmitir la reclamación administrativa presentada por la entidad “Aquafit Gestión S. L: mediante la cual solicitan el abono de 632.352,35 euros, en concepto de indemnización por lucro cesante en la explotación de las pistas de pádel y tenis.

“La carencia de fundamento de la solicitud, que pretende el reconocimiento de derechos no previstos en el ordenamiento jurídico ni en la documentación reguladora del contrato en vigor. La petición se ha formulado por la empresa prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido para ello, que no es otro que la solicitud de modificación contractual al amparo de lo establecido en la cláusula 70 del PCAP y arts. 106 y 211 del RDL 3/2011 y art. 97 del RDL 1098/2001 de 12 de octubre, siempre y cuando se dieren y existiese un daño causado al contratista no encuadrable dentro del principio de riesgo y ventura inherente a la concesión. Lo anteriormente expuesto convella que los acuerdos que se dictasen en este momento por la Administración respecto a la petición de indemnización por lucro cesante formulada por Aquafit, S.L. adoleciesen de vicio de nulidad de pleno derecho”.

 

En otro acuerdo el concello también decide “desestimar a reclamación administrativa por importe de 426.009,45 euros (máis intereses que se devenguen), presentada pola entidade “Aquafit Gestión, S.L.U. correspondente á solicitude de restablecemento do equilibrio económico do contrato de “Xestión, explotación e mantemento do complexo deportivo da piscina municipal e instalacións anexas do Concello de Arteixo”  ao non darse o suposto de feito que posibilita a reclamación formulada , por non existir durante o período sinalado pola reclamante, unha imposibilidade, nin total nin parcial, dunha parte diferenciada para a execución do contrato, polo que non procede o suposto de feito que orixina a aplicación do art. 34 do RDL 8/2020, nin conseguintemente a reclamación formulada con base no mesmo, nin procede, en consecuencia, entrar a valorar o importe da cantidade reclamada, ao estar esta supeditada á estimación da reclamación”.