El ayuntamiento de Arteixo tratará de cobrar a Aqualia un recibo de 26.062.489 euros por vía ejecutiva, en concepto de indemnización por perjuicios al municipio e incumplimientos contractuales.
Tras enviar el recibo al domicilio fiscal de la empresa, ahora el ayuntamiento continuará el cobro por vía ejecutiva, lo que supone un recargo del 5% sobre el valor inicial. La empresa tendrá así que hacer frente al pago o presentar un aval bancario por la cantidad reclamada, o de lo contrario la administración podría iniciar acciones de embargo de los bienes de Aqualia para saldar la deuda.
Aqualia intentó suspender la validez del recibo enviado a través de la petición de medidas cautelares a un juzgado, pero el juzgado rechazó esa petición. Concretamente, Aqualia solicitaba que un juzgado tomase esas medidas cautelares hasta que existiese una resolución judicial sobre el tema. Anteriormente Aqualia había solicitado que el concello de Arteixo se abstuviese de iniciar el procedimiento ejecutivo para el cobro de la indemnización hasta que el juzgado decidiese si tomaba o no esas medidas cautelares. Tras la negativa expresada por el auto judicial de suspender el procedimiento de pago y la correspondiente dación de cuenta en el pleno municipal, el concello continuará con el procedimiento ejecutivo de cobro, lo que deja a la empresa tres opciones: pagar los 26 millones de euros solicitados, o presentar un aval para fraccionar el pago en 18 meses o aplazar el pago también 18 meses y pagar la cantidad de una vez. En ambos casos -fraccionamiento o aplazamiento- debe presentar un aval de 26 millones de euros.
El concello de Arteixo, conforme a la normativa administrativa, había notificado hace tres meses a Aqualia un recibo de pago de los más de 26 millones de euros en concepto de indemnización por perjuicios al municipio e incumplimientos contractuales. El recibo de pago iba acompañado de una resolución plenaria anterior en la que ya se habían desestimado las alegaciones presentadas por Aqualia. En esas alegaciones Aqualia rechazaba la petición de indemnización que le solicitó el concello amparándose en conceptos como la imposibilidad de cumplir con las inversiones. El concello respondía en su informe que ese mismo programa de inversiones sirvió para que ganasen el concurso público de gestión del agua de Arteixo, además de resaltar en el mismo informe que la falta de mantenimiento de la red de agua municipal ocasionó importantes daños en la citada red.
El municipio ya había decidido desestimar las mismas alegaciones de Aqualia en otro pleno municipal basando su decisión en documentos favorables a las tesis del concello como el dictamen emitido por el Consello Consultivo de Galicia. En esos informes jurídicos y técnicos se incluía que, además de apoyar la resolución del contrato, se declaraba que el estado deficitario de la empresa y el mal funcionamiento del servicio son las bases de la decisión que supuso el fin de Augarsa en Arteixo. Esos mismos informes también apoyaban la petición de indemnización fundamentada en auditorías técnicas y económicas que demostraban que Aqualia había incumplido los términos del contrato que tenía con el concello de Arteixo en cuanto a la gestión de la red del agua municipal.