El concello de Arteixo dedicó, según se hizo público el día 20 de enero de 2014, 119.577 euros a ayudas de emergencia social durante el 2013.
30.402 euros se dedicaron a vales de alimentación, mientras que el resto de la cuantía se repartió entre ayudas para el alquiler, pago de suministros esenciales como el agua, la electricidad y el gas, o gastos sociosanitarios.
El dinero dedicado a esta partida de emergencias sociales subió respecto al 2012, año en el que se dedicaron alrededor de 90.000 euros a las ayudas de emergencia social, mientras que en el año 2011 fueron alrededor de 68.000 euros.
Se consideran situaciones de emergencia aquellas que originan gastos extraordinarios para cubrir necesidades de carácter básico y urgente: gastos de alimentación, vestido, atención sanitaria, instrucción y otras similares no cubiertas por diferentes sistemas de protección social, pago de atrasos de alquiler, mobiliario básico, traslado de vivienda.
Es una prestación económica de carácter extraordinario y pago único, destinada a paliar situaciones de emergencia de personas con hogares independientes afectados por un estado de necesidad.
Requisitos para conseguir las ayudas
Los requisitos para conseguir las ayudas son: ser mayor de edad o menor emancipado; carecer de ingresos anuales superiores al IPREM (indicador publico de renta de efectos múltiples) que se fija anualmente, incrementado en un 15% por cada uno de los miembros de la unidad familiar. Para efectos del cómputo de los ingresos para el reconocimiento de la prestación, se tiene en cuenta la base imponible de la úlltima declaración de la renta de las personas físicas, previa aplicación al mínimo personal y familiar del impuesto; y cuando no sea obligatorio realizarla, hay que acreditar ingresos anuales inferiores al límite establecido a través de nóminas, certificados del INEM, certificados de la Seguridad Social sobre vida laboral o percepción de pensiones, certificación de intereses bancarios y los últimos movimientos bancarios y cualquier otra que se considere necesaria para acreditar los recursos económicos familiares.
Se computan como recursos la totalidad de ingresos que se obtengan por los conceptos de rendimiento de trabajo, retribuciones, renta o prestaciones en los seis meses anteriores la fecha de solicitud.
En el supuesto de que sea una familia monoparental con más de un menor a su cargo, o con una persona dependiente a su cargo, se incrementará en un 0,8 el número de personas computables.