Arteixo cobra una tasa por la utilización del dominio público a las empresas que a través de canalizaciones subterráneas o líneas aéreas se dedican a transportar energía eléctrica, gas o hidrocarburos hasta los puntos en los que después las compañías suministradoras reparten esa energía entre sus clientes.
Esta tasa se calcula principalmente por los metros lineales que ocupan esas canalizaciones o líneas aéreas, y ahora se introducirá también el criterio del número de esas canalizaciones, calificándolas como circuitos simples, dobles, triples o cuadruples según el número de canalizaciones que tenga cada instalación subterránea o aérea. El concello considera que el criterio es así más justo y se adapta a la jurisprudencia que con los años ha ido apareciendo sobre el tema. El concello de Arteixo fue un pionero en la aplicación de esta ordenanza en España tras su aprobación inicial en el 2014.
El concello recauda anualmente por esta ordenanza cerca de cien mil euros, y tiene otra ordenanza (la número 26) que se ocupa de gravar con otra tasa diferente a las compañías suministradoras de energía eléctrica, gas e hidrocarburos. Esta ordenanza obliga a estas compañías de energía a pagar el 1,5% del total de la facturación que tengan asociada a los puntos de suministro del concello de Arteixo. El municipio recauda con esta ordenanza 26 cerca de dos millones de euros anuales. Esta ordenanza también fue aprobada en el 2014.